Julio Ferrer sufrió un “daño moral” por parte de Bruno Rodríguez Parrilla
Viernes, marzo 9, 2018 | María Matienzo Puerto | 3
LA HABANA.- El abogado Julio Ferrer, miembro de la organización independiente Cubalex, ya está marcando precedentes en el marco jurídico oficialista. La demanda contra el ministro de relaciones exteriores, Bruno Rodríguez Parrilla, es el proceso civil 403 del 2017, de la Sala Segunda de lo Civil del Tribunal Provincial de La Habana y está en manos de la decisión de Raúl Castro Ruz.
“Yo no soy iluso, el mayor logro es que ellos la tramiten”, valora el opositor lo que es un buen incentivo para seguir adelante. Por eso cuando el Tribunal Provincial la declaró inadmisible, Ferrer continuó para el Supremo.
La demanda tiene su raíz en el documento difamatorio que hiciera circular la Misión Permanente de Cuba en Ginebra el 14 de diciembre de 2016, tras la denuncia hecha por el grupo de abogados Cubalex a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por haber sido víctimas el 23 de septiembre de ese mismo año de un acto represivo y que trajo como consecuencia el exilio para la mayoría de sus miembros.
Ferrer Tamayo explica a CubaNet por qué su demanda es legítima.
“Primeramente el Tribunal lo que tiene es que ver si el asunto sobre el que versa la demanda es un asunto de la competencia en materia civil”, y solo si no lo fuera, “sería el único argumento que le permitiría rechazar o declarar inadmisible la demanda porque es un asunto en el cual no puede intervenir”.
Este caso es un asunto civil y, al serlo, “si ellos consideran que falta algo para completarla el artículo 225 de la ley de procedimiento civil, administrativo, laboral y económico, en el apartado tercero, establece que el Tribunal debe concederle a quien demanda un término de cinco o diez días, en correspondencia al documento que necesite para presentarlo nuevamente”.
Pero el 15 de febrero de este año, según el abogado, “el tribunal dictó el Auto No.19 de febrero de 2018, diciendo que ciertamente yo había establecido la demanda contra el canciller”, en el auto reconocen en el encabezamiento que “yo presenté la demanda para exigir responsabilidad civil por daño moral y que me asiste el derecho a establecerla, pero que falta un requisito que exige el artículo 96 Apartado 2 del Código Civil”, y el artículo dice que “se requiere para la tramitación de esa demanda que el jefe inmediato superior, la autoridad estatal superior del funcionario que está siendo demandado se pronuncie con respecto a la licitud o no de los actos cometidos por el funcionario que está siendo demandado”, profundiza el abogado.
Sobre la base de esta legislación Ferrer Tamayo presentó, en el Tribunal Supremo, un recurso de tasación contra el Auto dictado por el Tribunal Provincial de La Habana planteando que “es una aplicación indebida de la Ley por parte de la Sala de lo Civil”, y a su vez presentó el día 19 de febrero, en el Consejo de Estado, una solicitud dirigida a Raúl Castro, que es el jefe superior de Rodríguez Parrilla, junto a una copia de la demanda, una copia del Auto que dictó el Tribunal Provincial diciendo además que le “están exigiendo esto para poderle dar curso y materializar mi derecho reconocido en el artículo 26 de la República de Cuba, que yo tengo derecho a ser indemnizado por el daño moral que me ha causado este funcionario”, cuenta que incluyó en el contenido del documento.
El día 27 de febrero el Tribunal Supremo admitió el proceso de demanda que incluía esta vez la constancia de recibo del Consejo de Estado y emplazó al abogado a que en 10 días se presentara en la Sala de lo Civil a “sostener este recurso”, o sea, la demanda.
“Ya yo evacué el trámite del emplazamiento, el 5 de marzo”, cuenta Ferrer Tamayo. “Fui a la Sala de lo Civil. La presenté ante el Tribunal Supremo. Ahora queda que el Tribunal Provincial eleve este expediente, el 403 del 2017, a la Sala de lo Civil y entonces ya el asunto quedará a decisión de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo”.
“La demanda ya no la hicieron depender de mí, la hicieron depender de Raúl Castro, el máximo jefe de Gobierno, y es él el que decide si camina o no camina”. Ferrer parece consciente de que no pasarán a los hechos: “Los jueces aquí, aunque yo tenga toda la razón y lo que proceda sea aplicársela a Bruno, son funcionarios, militantes del Partido (Comunista), y proceden a sabiendas de que están violando la ley”.
“Yo soy un disidente, clasificado por ellos como un ‘CR’, contrarrevolucionario, opositor, pero ya tienen que dar una respuesta”, y cierra con lo que parece ser un atisbo de esperanza para futuras demandas contra el Estado: “Su pronunciamiento constituye una interpretación general para todo el territorio nacional porque esa es una de sus funciones: juridiccional y política”, en la función política es el facultado para esclarecer dudas y contradicciones, así como la aplicación uniforme para todo el país.
“En este caso ellos van a hacer un pronunciamiento que va a servir de patrón y referencia para todos los cubanos”, concluye el abogado.
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