miércoles, 15 de mayo de 2013

INCONSTITUCIONALIDAD DEL “NUEVO COOPERATIVISMO” EN CUBA.


    Dr. Ernesto García Díaz
    Abogado y periodista independiente
    Ex-Jefe del Departamento Agrario 
    del ministerio de la Agricultura de Cuba
    Pequeño Agricultor

El régimen castrista ha dispuesto mediante el Decreto Ley No.305 del 15 de noviembre de 2012 y de un conjunto de normas complementarias la institucionalización de una nueva forma de cooperativas a las que ha denominado “no agropecuarias”. El mencionado Decreto-Ley ha sido impuesto por el gobierno sin respaldo de su propia norma constitucional.  

La Constitución del totalitarismo, no toca ni ha dado espacio a otras formas de propiedad cooperativas que no sea la constituida por la asociación voluntaria de los agricultores pequeños, tal como lo significa en su artículo 20. 

Los legisladores del régimen no hacen mención alguna a los fundamentos de derecho que les permitan disponer la creación de esta nueva forma de propiedad no agrícola.  

Se han referido a la Ley No.59 de 17 de julio de 1987, Código Civil, para enfocar a su tenor y no de la Constitución, el basamento legal utilizado indebidamente del artículo 145, que signó a las cooperativas de producción agropecuarias conocidas por su siglas como CPA, con personalidad jurídica, en relación con el artículo 148 y 149 todos del código civil. Una vez más han empujado el carro de un gobierno que no se adhiere a la propia Ley Constitucional impuesta, que lo rige. 

Además de burlarse del pueblo, esta nueva legislación castrista deja en un limbo  a los supuestos beneficiarios al sostener que esta nueva apertura es de “carácter experimental”. También los agrede social y económicamente. 

El Decreto-Ley define una serie de derechos y responsabilidades de las nuevas cooperativas que en forma burlesca igualmente se contradice.  Por ejemplo señala que:

 “La cooperativa tiene personalidad jurídica y patrimonio propio; usa, disfruta y dispone de los bienes de su propiedad; cubre sus gastos con sus ingresos y responde de sus obligaciones con su patrimonio”.

El precepto normativo agrario, descargar un conjunto de medidas y prohibiciones administrativas que deposita en los gobiernos municipales, que hacen inviable la propia organización productiva que han pretendido crear. Estas  regulaciones inducirán a que los nuevos propietarios  (socios cooperativistas) se vean obligados a caer en las redes de la corrupción administrativa si es que quieren lograr aprobaciones y permisos.

Así, han dispuesto que la creación de una cooperativa requiera de trámites de solicitud ante órganos locales del Poder Popular y organismos o entidades nacionales que rigen las actividades en que se prevén enmarcar.   Estos a su vez lo presentarán a la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, para que dicha Comisión las evalúe y presente al Consejo de Ministros.

Si la solicitud es aprobada por el Consejo de Ministros y se cumplieran los requisitos establecidos en el reglamento del presente Decreto-Ley, se dictaría mediante documento administrativo (Acuerdo del Consejo de Administración de los OLPP Municipales), la autorización para la constitución de cada cooperativa, atendiendo a un conjunto de reglas que determinan los órganos u organismos implicados.

El Ministerio de Justicia, por intermediación de las oficinas notariales y del registro mercantil, estarían encargados de acrecentar en sus arcas financieras, el cobro de los trámites para la expedición de las escrituras de constitución de cada cooperativa, previo pago de las tasas impositivas.   

Finalmente y para regular con mano de hierro las nuevas entidades , el artículo 15 del Decreto -Ley 305/2012 aclara que: 

“Las cooperativas no podrán fusionarse, extinguirse, escindirse, ni modificarse sin la previa aprobación del órgano, organismo o entidad nacional que autorizó su constitución”.

En otras palabras parecería una  decisión del  Consejo de Ministros que en realidad se convertirá en una decisión del dictador de turno.

El General presidente, en la Asamblea Nacional del Poder Popular, celebrada el 13 de diciembre de 2012, enfatizó:

 “Valoramos que la actualización del modelo económico marcha con paso seguro y se empieza a adentrar en cuestiones de mayor alcance”. 

Se refiere al nuevo engaño que le están haciendo a la sociedad cubana al no permitirle la constitución de sociedades mercantiles privadas y a mas de 5 meses de su aprobación, no se ven resultados, ni crecimientos en la economía cubana, que beneficie a la sociedad en general.

Esta nueva normativa, es un engendro y maquiavelismo tramado por la dictadura militar cubana, que hace a los actores privados más dependientes del sistema jurídico-político de los hermanos Castro y nuevamente
 se engaña a la opinión publica internacional.

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