jueves, 9 de noviembre de 2017

Medidas migratorias sin prisa y con pausa

La más importante obedece a las recientes decisiones de Washington

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(OnCuba)
LA HABANA, Cuba.- En un artículo colgado hace varias semanas en CubaNet, califiqué las medidas recién adoptadas con respecto a Cuba por las autoridades de Estados Unidos como un “golpe contundente” al régimen castrista. Entre quienes comentaron ese trabajo mío, no faltaron quienes, junto con descalificaciones diversas, pusieron en duda esa afirmación.
Sin embargo, ha bastado menos de un mes para que se ponga de manifiesto la fortaleza del impacto causado en La Habana por esas recientes decisiones de la Administración Trump. Esto se ha reflejado en el anuncio, hecho a bombo y platillo por el actual gobierno cubano, de “nuevas medidas migratorias” que benefician a nuestros compatriotas radicados en el extranjero.
Según el diario oficialista Granma del lunes 30 de octubre, “próximamente, se publicarán en la Gaceta Oficial las distintas normas jurídicas que acompañarán la implementación de estas medidas y se ofrecerá también a la población información adicional sobre los procedimientos que se pondrán en vigor”.
Pese a ese vacío legislativo, se conoce ya la esencia de las cuatro nuevas disposiciones, que entrarán vigor el próximo primero de enero. Las tres menos sustanciosas de ellas incluyen:
  1. Autorizar la entrada de cubanos emigrados en embarcaciones de recreo, a través de marinas;
  2. Permitir la entrada a Cuba de quienes salieron ilegalmente del país; y
  3. Eliminar el requisito del avecindamiento en Cuba para que los hijos de cubanos nacidos en el extranjero puedan obtener la ciudadanía.
Con respecto a la entrada de cubanos a través de la Marina Hemingway, en La Habana, y Gaviota, en Varadero (lo cual se irá ampliando posteriormente a otras instalaciones de ese tipo), lo primero a destacar es que esto se aplica sólo a nuestros compatriotas emigrados.
Como hasta ahora, esta posibilidad, al igual que la de viajar en cruceros o buques mercantes, seguirá estando vedada para los que residimos en Cuba. A éstos, el Estado socialista seguirá limitándonos a los viajes en avión, con el consiguiente pago de boletos más caros (en los que las autoridades castristas llevan su buena tajada) y las inevitables limitaciones en el peso del equipaje.
En lo tocante a los nacionales que salieron de Cuba por vía ilegal, ellos podrán entrar sin necesidad de esperar el plazo de ocho años que regía en ese terreno. Como esta medida entrará en vigor el año entrante, ella beneficiará a quienes huyeron del país a partir de 2010.
Aquí cabe hacer dos observaciones. Primero, que el término de ocho años sí continuará aplicándose a quienes “desertaron” de misiones cubanas. Aunque está claro que, técnicamente, en estos casos no hubo una salida ilegal del país.
Segundo, que quienes huyeron a través de la Base Naval de Guantánamo “no podrán regresar nunca a Cuba”. Desde el punto de vista jurídico, esto resulta curioso, pues las autoridades de La Habana afirman que el área de ese enclave es suelo cubano “ocupado ilegalmente”. Por ende, en estos casos, en puridad no podría hablarse de una “salida del territorio nacional”. Además, “nunca” (que es el mismo adverbio que en un inicio los castristas anunciaron a todos los exiliados) es demasiado tiempo.
En cuanto a la eliminación del requisito del avecindamiento para reconocer la condición de nacionales a los hijos de cubanos nacidos en el extranjero, caben también dos comentarios. Primero, esto es una vuelta a lo que regía en nuestro país antes de la trepa al poder de los castristas.
Segundo, esta medida ofrece mayor interés para los hijos de cubanos que nacieron en alguno de los pocos países —ninguno americano— que no aplican el llamado “ius soli” (es decir, que no reconocen la condición de nacional de una persona por el solo hecho de que haya nacido en su territorio). Técnicamente, estos individuos serían “apátridas”, y la nueva medida les permite ser reconocidos como ciudadanos de un país: Cuba.
Veamos ahora la más sustanciosa de las cuatro medidas recién anunciadas por las autoridades cubanas: el haber eliminado la “habilitación” de los pasaportes para los cubanos residentes en el exterior que deseen viajar a su Patria.
Este trámite burocrático constituye una medida discriminatoria contra los cubanos residentes en el extranjero que está establecida en el artículo 44 de la actual Ley de Migración. Aunque las autoridades castristas intentan hacer del pecado virtud (“El Gobierno de Estados Unidos cierra y Cuba abre”, proclamó el canciller Bruno Rodríguez Parrilla en Washington el día 28), resulta harto elocuente que la modificación de ese precepto haya sido decidida justamente ahora.
Como se sabe, después que el referido Ministro de Relaciones Exteriores del castrismo pidió y obtuvo una entrevista urgente con Rex Tillerson para decirle lo mismo que ya se sabía, la más enérgica medida que adoptó la Secretaría de Estado norteamericana fue la expulsión de una quincena de funcionarios de la Embajada Cubana en Washington.
Al hacer la lista de los afectados, se incluyó en ella a todos los que laboraban en el área consular, excepto uno. Resulta natural que, ante una eliminación casi total de sus burócratas encargados de esos trámites, el régimen de La Habana, abrumado por las realidades, haya optado por reducir el papeleo.
En ese sentido, pienso que no es aventurado afirmar que al primero que deben agradecer nuestros compatriotas residentes en el exterior por la eliminación de ese trámite oficinesco es al presidente Trump.
El Granma califica ahora no sólo como “irreversible”, sino también como “continuo”, el “proceso de actualización de la política migratoria del país”. Afirman esto pese a que desde 2013 no habían adoptado ninguna medida sustancial al respecto.
Por ello podemos comentar que ese “continuo… proceso” se ha llevado a cabo sin prisa y con una gran pausa. Si ahora se dio un paso, es en gran medida como resultado de las decisiones tomadas por la actual Administración de Washington. Y éstas son, sí, contundentes.

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