Conferencia Internacional de Derechos Humanos en
Teherán el 13 de mayo de 1968
La
Conferencia Internacional de Derechos Humanos,
Habiéndose
reunido en Teherán del 22 de abril al 13 de mayo de 1968, para examinar los
progresos logrados en los veinte años transcurridos desde la aprobación de la
Declaración Universal de Derechos Humanos y preparar un programa para el
futuro,
Habiendo
examinado los problemas relacionados con las actividades de las Naciones Unidas
para promover y alentar el respeto a los derechos humanos y a las libertades
fundamentales,
Teniendo
presentes las resoluciones aprobadas por la Conferencia,
Tomando nota
de que la observancia del Año Internacional de los Derechos Humanos coincide
con un momento en que el mundo experimenta un cambio sin precedentes,
Teniendo en
cuenta las nuevas oportunidades que ofrece el rápido progreso de la ciencia y
la tecnología,
Estimando
que, cuando en tantas partes del mundo prevalecen los conflictos y la
violencia, son más que nunca necesarias la solidaridad y la interdependencia
del género humano,
Consciente
de que la paz constituye la aspiración universal de la humanidad, y que para la
realización plena de los derechos humanos y las libertades fundamentales son
indispensables la paz y la justicia,
Declara
solemnemente que:
1. Es
indispensable que la comunidad internacional cumpla su solemne obligación de
fomentar y alentar el respeto a los derechos humanos y a las libertades
fundamentales para todos, sin distinción alguna por motivos de raza, color,
sexo, idioma, religión u opiniones políticas o de cualquier otra índole;
2. La
Declaración Universal de Derechos Humanos enuncia una concepción común a todos
los pueblos de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la
familia humana y la declara obligatoria para la comunidad internacional;
3. El Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países
y pueblos coloniales, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación Racial, así como otras convenciones y
declaraciones en materia de derechos humanos, aprobadas bajo los auspicios de
las Naciones Unidas, los organismos especializados y las organizaciones
intergubernamentales regionales, han establecido nuevas normas y obligaciones
que todas las naciones deben aceptar;
4.
Desde que se aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos, las Naciones
Unidas han logrado sustanciales progresos en la definición de normas para el
goce y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Durante este período se han aprobado muchos instrumentos internacionales de
importancia. Pero aún queda mucho por hacer en la esfera de la aplicación de
estos derechos y libertades;
5.
Las Naciones Unidas se han fijado como objetivo primordial en materia de
derechos humanos que la humanidad goce de la máxima libertad y dignidad. Para
que pueda alcanzarse este objetivo, es preciso que las leyes de todos los
países reconozcan a cada ciudadano, sea cual fuere su raza, idioma, religión o
credo político, la libertad de expresión, de información, de conciencia y de religión,
así como el derecho a participar plenamente en la vida política, económica,
social y cultural de su país;
6.
Los Estados deben reafirmar su firme propósito de aplicar de modo efectivo los
principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y en otros
instrumentos internacionales en relación con los derechos humanos y las
libertades fundamentales;
7.
La comunidad internacional se siente profundamente preocupada ante la notoria
denegación de los derechos humanos que emana de la repulsiva política de
apartheid. Esta política, condenada como un crimen de lesa humanidad, sigue
trastornando profundamente la paz y la seguridad internacionales. Es
imperativo, por tanto, que la comunidad internacional emplee todos los medios a
su alcance para desterrar ese mal. La lucha contra el apartheid se reconoce
como legítima;
8.
Es preciso lograr que los pueblos del mundo se den cuenta cabal de los males de
la discriminación racial y se unan para combatirlos. La aplicación de este
principio de no discriminación, consagrado en la Carta de las Naciones Unidas,
la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos
internacionales en materia de derechos humanos, constituye una tarea urgentísima de la humanidad, tanto en el plano
internacional como en el nacional. Todas las ideologías basadas en la
superioridad racial y en la intolerancia deben ser condenadas y combatidas;
9.
Ocho años después de que la Asamblea General aprobó la Declaración sobre la
concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, los problemas
del colonialismo siguen preocupando a la comunidad internacional. Es urgente
tomar medidas eficaces para asegurar el cumplimiento cabal de las disposiciones
de la Declaración en todas partes;
10.
La denegación general de los derechos humanos que acarrean los actos de
agresión produce indecibles sufrimientos humanos y provoca reacciones que
podrían sumir al mundo en conflictos cada vez mayores. Es obligación de la
comunidad internacional cooperar para erradicar tales azotes;
11.
La notoria denegación de los derechos humanos derivada de la discriminación por
motivos de raza, religión, creencia o expresión de opiniones ofende a la
conciencia de la humanidad y pone en peligro los fundamentos de la libertad, de
la justicia y de la paz en el mundo;
12.
La creciente disparidad entre los países económicamente desarrollados y los
países en desarrollo impide la realización de los derechos humanos en la
comunidad internacional. Dado que el Decenio para el Desarrollo no ha alcanzado
sus modestos objetivos, resulta aún más necesario que cada país, en particular
los países desarrollados, procure por todos los medios eliminar esa disparidad;
13.
Como los derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles, la
realización de los derechos civiles y políticos sin el goce de los derechos
económicos, sociales y culturales resulta imposible. La consecución de un
progreso duradero en la aplicación de los derechos humanos depende de unas
buenas y eficaces políticas nacionales e internacionales de desarrollo
económico y social;
14.
La existencia de más de 700 millones de analfabetos en el mundo es el tremendo
obstáculo con que tropiezan todos los esfuerzos encaminados a lograr que se
cumplan los propósitos y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y las
disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos. La acción
internacional para erradicar el analfabetismo en todo el mundo y promover la
educación en todos los niveles exige atención urgente;
15.
La discriminación de que sigue siendo aún víctima la mujer en distintas
regiones del mundo debe ser eliminada. El hecho de que la mujer no goce de los
mismos derechos que el hombre es contrario a la Carta de las Naciones Unidas y
a las disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos. La
aplicación cabal de la Declaración sobre la eliminación de la discriminación
contra la mujer es una necesidad para el progreso de la humanidad;
16.
La comunidad internacional debe seguir velando por la familia y el niño. Los
padres tienen el derecho humano fundamental de determinar libremente el número
de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos;
17.
Las aspiraciones de la joven generación a un mundo mejor, en que se ejerzan
plenamente los derechos humanos y las libertades fundamentales, deben ser
alentadas en grado sumo. Es imperativo que los jóvenes participen en la
determinación del futuro de la humanidad;
18.
Si bien los recientes descubrimientos científicos y adelantos tecnológicos han
abierto amplias perspectivas para el progreso económico, social y cultural,
esta evolución puede, sin embargo, comprometer los derechos y las libertades de
los individuos y por ello requerirá una atención permanente;
19.
El desarme liberará inmensos recursos humanos y materiales que hoy día se
destinan a fines militares. Estos recursos deberán utilizarse para promover los
derechos humanos y las libertades fundamentales. El desarme general y completo
constituye una de las aspiraciones más elevadas de todos los pueblos;
Por
consiguiente,
La Conferencia Internacional de Derechos Humanos,
1.
Afirmando su fe en los principios de la Declaración Universal de Derechos
Humanos y en otros instrumentos internacionales sobre la materia,
2.
Exhorta a todos los pueblos y gobiernos a consagrarse a los principios
contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y a redoblar sus
esfuerzos para ofrecer a todos los seres humanos una vida libre y digna que les
permita alcanzar un estado de bienestar físico, mental, social y espiritual.
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