domingo, 20 de noviembre de 2016

Colombia: El “Acuerdo de la esperanza”


El nuevo documento es muy parecido al que ya fue rechazado

 |  |  3 comment count

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, habla junto al jefe negociador del Gobierno de Colombia, Humberto de la Calle (segundo izq.), Sergio Jaramillo (izq.) y Frank Pearl (EFE)
El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, habla junto al jefe negociador del Gobierno de Colombia, Humberto de la Calle (segundo izq.), Sergio Jaramillo (izq.) y Frank Pearl (EFE)
LA HABANA, Cuba.- A raíz de darse a conocer la versión inicial del Acuerdo Final de Paz en Colombia (que, como es obvio, no merecía ese adjetivo, pues resultó no ser definitivo), publiqué tres artículos sobre el tema. Después, el presidente Santos y la narcoguerrilla de las FARC recibieron un varapalo con el inesperado triunfo del “no” en el referendo convocado al efecto. Ahora, el canciller español plantea con gran audacia que ese rechazo se debió a las “pequeñas dudas” que asaltaron a la mayoría de los colombianos.
Como resultado de las conversaciones suplementarias realizadas con urgencia, el pasado sábado se acordó en La Habana un nuevo documento, cuya firma ha recibido mucha menos cobertura mediática que el anterior. En la presente semana fue publicado el texto precisado, que es aún más voluminoso que el primero: 310  páginas.
El renovado mamotreto —del cual el presidente Santos, según la versión de Granma, dice que “ahora es completamente de todos”— reproduce en su mayor parte las cláusulas del que lo precedió. Esto incluye la abundante palabrería y las numerosas promesas que en su momento reflejé en el título de mi primer artículo “Colombia: ¡Llegaron los Reyes Magos!”
Los autores de esta nueva versión —los mismos de la primera— alegan haber incluido 56 de las 57 objeciones formuladas por los partidarios del “no”. El título oficial es Acuerdo para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. No obstante, sus promotores han preferido darle un sobrenombre más breve, mediático y truculento: “Acuerdo de la Esperanza”.
Cabe señalar, como dato curioso, que en la página 144 de este último se hace referencia al convenio inicial, suscrito en agosto pasado, como si las partes aún le reconocieran alguna validez, pese al rechazo que sufrió. En los párrafos subsiguientes, procuraré soslayar el abundante blablablá que también aparece en la actual versión, y centrarme en los cambios de alguna importancia introducidos.
La modificación más sustancial, a mi juicio, es que, para procesar los delitos de la guerrilla, no habrá jueces extranjeros con poder de decisión. Ya los colombianos no tendrán que soportar que ejerzan jurisdicción —¡en su propia tierra!— los magistrados cubanos o venezolanos que —cabe presumir— nominarán los mismos subversivos. De todos modos, esos funcionarios extranjeros sí podrán participar, pero sin voto.
Durante el cumplimiento de sus sanciones, los insurrectos deberán permanecer en espacios limitados (“nunca… más grandes que una zona veredal transitoria de normalización”). El pago a sus víctimas se hará “con sus propios bienes” (los de la guerrilla ahora desmovilizada, ¡que buen dinero tiene para ello!) “con arreglo a los criterios de la Corte Constitucional”.
Sobre la financiación que haya de recibir el movimiento político que creen las FARC, se plantea que en principio ella será igual a la que reciban otros partidos. En las jurisdicciones de paz, se limitará la participación de las distintas fuerzas políticas, incluyendo la que creen los subversivos. Esta última, para ser financiada hasta 2026, no necesitará tener un determinado número de afiliados, ni alcanzar el modesto umbral de votación fijado en la Ley.
En lo tocante a las drogas, se explicita que el Estado no renuncia a su eliminación forzosa, lo que incluye el uso de la aspersión. No obstante, los guerrilleros hicieron constar su criterio: “En cualquier caso en que haya erradicación, esta debe ser manual”. Las FARC se comprometen a contribuir de manera efectiva a terminar con este flagelo, no sólo poniendo fin a su relación con él, sino también entregando información exhaustiva y detallada.
Para el acompañamiento internacional de todo el proceso de paz, las partes han convenido en aceptar a países y organizaciones de reconocido prestigio. Junto a algunos de éstos —la Unión Europea, la UNESCO, el PNUD—, en el tema de la reincorporación se acepta la intervención de una hechura castrista: la Organización Continental Latinoamericana y Caribeña de Estudiantes (OCLAE).
En la página 219 del “Acuerdo de la Esperanza” queda abierto el importante tema de la refrendación del mismo. Santos ha expresado su aspiración a eludir un nuevo plebiscito, pero el Punto 6.6 plantea textualmente que “el Gobierno Nacional y las FARC-EP acordarán el mecanismo de refrendación que habrá de hacerse como las normas pertinentes o sentencias lo indiquen”.
Varios acuerdos suscritos en agosto pasado figuran como parte integrante del nuevo texto. Estos convenios versan sobre la selección del secretario ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz y sobre el modo de facilitar la ejecución del cronograma para el proceso de dejación de armas.
En lo esencial, y aunque algunos puntos se han mejorado, el flamante “Acuerdo de la Esperanza” no parece demasiado diferente del que rechazó el electorado. Pero esperemos que pueda ser implementado por el Congreso y que, por esa vía, se consolide la tan anhelada paz.

No hay comentarios:

Publicar un comentario