Dr. René Gómez Manzano
Abogado y periodista independiente
Félix Antonio Bonne Carcassés
Las autoridades cubanas imponen
multas que a menudo no se ajustan a las posibilidades económicas del afectado
En
días recientes hemos recordado el cuento antológico intitulado “Chino
olvidado”, de la autoría del español exiliado Antonio Ortega. En él se relatan
los avatares de un asiático que, en ocasión de encontrarse en camiseta a la
puerta de su lavandería en una calurosa tarde veraniega, es multado por la
policía.
Aquí
conviene aclarar que, antes de la Revolución, cometía una “contravención de las
buenas costumbres y del decoro público”, según el entonces vigente Código de Defensa Social, quien
transitaba “por las calles o sitios públicos en camiseta u otra prenda análoga,
ofreciendo un aspecto indecoroso o inmoral”. Algo muy diferente sucede hoy,
cuando las distintas modalidades de los pulóveres sin mangas constituyen
variedades de la alta costura castrista.
Pues
bien, como ya dijimos, el chino del cuento (que en puridad no había violado la
Ley, ya que no deambulaba por la vía pública) recibe una multa. Suplica con
humildad, y jura que nunca reincidirá en esa falta. Le imponen la sanción menos
cuantiosa, pero ni así puede pagarla, debido a su pobreza. Va entonces a
prisión, donde sufre todas las desgracias usuales en esos tristes lugares, con
el añadido de verse olvidado por todos. En definitiva muere, con lo cual, según
expresa el autor, Dios se acordó del pobre chino.
Estas
remembranzas vienen al caso por la situación que confronta hoy Myriam, una
ciudadana que muy atribulada —casi llorando— narra sus cuitas. Se trata de una
sexagenaria que a sus años sigue siendo atractiva. Posee muy escasos recursos,
y en medio de sus desgracias bromea al comentar que ella trabaja como
“trapeóloga”; o sea, como auxiliar de limpieza en centros que la contratan de
manera temporal.
De
igual modo libra el sustento su única hija, y ellas dos solas, con sus modestos
ingresos, tienen que mantener a tres menores. Como “la cuenta no da”, Myriam
trabajaba en calidad de merolica “por
la izquierda”. Es decir, vendía sin licencia artículos de poco valor en La
Güinera, el barrio pobre —semi marginal— en el que todos viven hacinados en una
casucha.
Su
comercio, de ínfima categoría, tenía como objeto vasos baratos fabricados con
botellas de cerveza cortadas. La anciana fue sorprendida por la policía, que le
impuso una multa de 1.500 pesos en moneda nacional. O sea: el equivalente de
unos ocho de sus salarios mensuales. Lloró, gimió, suplicó, pero los agentes de
la autoridad se mostraron implacables. ¿Habrá incidido en esto el hecho de que
la mujer ha rechazado los avances de varios de ellos?
En
los tiempos actuales, las multas de esa clase, si no son abonadas en el breve
plazo establecido con ese fin, se duplican e incluso se triplican. La impuesta
a Myriam —pues— puede llegar rápidamente a 4.500 pesos: ¡una suma que
representa lo que puede devengar la infortunada señora tras trabajar durante
dos años!
Si
aun así no es pagada (y la auxiliar de limpieza no tiene cómo hacerlo), el
hecho se convierte en un delito de largo título: incumplimiento de las
obligaciones derivadas de la comisión de contravenciones. El vigente Código Penal establece para esa conducta
la sanción de uno a seis meses de privación de libertad, la cual —según
contempla de manera expresa el correspondiente artículo— puede ser sustituida
por trabajo correccional con internamiento.
Otro
precepto del mismo cuerpo legal abre una rendija de esperanza para la
desdichada anciana: En estos casos sólo se procede “si media denuncia de la
autoridad o funcionario que dictó la resolución de que se trate”. ¿Se apiadarán
de Myriam, o la someterán a juicio y la encerrarán por no hacer lo que de todos
modos ella no está en condiciones de cumplir? Ojalá prime la clemencia, pero
esto parece harto improbable, dadas las circunstancias ya mencionadas que
concurren en este caso. La
Habana, 23 de junio de 2014.
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